viernes, 26 de febrero de 2016

LICITACIÓN PÚBLICA Y OTRAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

1.            LICITACIÓN PÚBLICA
Se lleva a cabo cuando se pretenden contratar objetos complejos y de mayor valor. Es el proceso de selección utilizado por las entidades del Estado a través del cual se escoge a sus contratistas por medio de una convocatoria pública que se dirige a todas las personas potencialmente interesadas, para que en igualdad de condiciones y con el cumplimiento del principio de selección objetiva reflejado en el pliego de condiciones, presenten ofertas
Esta es un procedimiento administrativo de preparación de la voluntad contractual, por el que un ente público en ejercicio de la función administrativa invita a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas en el pliego de condiciones, formulen propuestas de entre las cuales seleccionara la más conveniente. Cuando es necesario comprar, arrendar bienes y servicios o contratar obra pública, existen leyes que obligan a los entes gubernamentales a seguir un proceso legalmente definido por el derecho administrativo.
Este proceso se conforma de los siguientes documentos:
•             Estudios previos, estudios de costos y/o de mercado, plan de compras, certificado de disponibilidad presupuestal
•             Los actos de apertura, de modificación de plazos, de adjudicación, el acta de cierre y documentos de aclaración de observaciones
•             El aviso de convocatoria.
•             Los anexos del pliego de condiciones, las adendas, y demás documentos que se expidan por El Ministerio del Trabajo en desarrollo del proceso.
•             Los demás documentos que se alleguen al proceso.



 2.            SELECCIÓN ABREVIADA
Esta modalidad de selección se encuentra prevista en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación  del  bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados  (uso de subastas a la inversa, bolsas de productos o compras por catálogo)




3.            CONCURSO DE MÉRITOS
Corresponde a la modalidad prevista para la selección de consultores o proyectos, en los que se podrá utilizar sistemas de concurso abierto o de pre calificación. En este último caso, la conformación de la lista de pre-calificados se hará mediante convocatoria pública previa, permitiéndose establecer listas limitadas de oferentes utilizando criterios de experiencia, capacidad intelectual y de organización de los proponentes, según sea el caso. 



4.            CONTRATACIÓN DIRECTA

Es una modalidad de contratación excepcional, por lo que su aplicación es de carácter restrictivo. En efecto, la ley de Contratación Publica en Colombia, prevé  los siguientes eventos en los cuales es procedente esta modalidad de contratación: URGENCIA MANIFIESTA, CONTRATACIÓN DE EMPRÉSTITOS, CUANDO NO EXISTA PLURALIDAD DE OFERENTES EN EL MERCADO, ARRENDAMIENTO O ADQUISICIÓN DE INMUEBLES, CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS, CONTRATACIÓN RESERVADA DEL SECTOR DEFENSA Y LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA., CONTRATOS DE DESARROLLO DE ACTIVIDADES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS, LOS CONTRATOS DE ENCARGO FIDUCIARIO CELEBRADOS POR LAS ENTIDADES TERRITORIALES, PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS ARTÍSTICOS O DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE APOYO A LA GESTIÓN.


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